JNE aclara las reglas para la salida de candidatos de la contienda –


La secretaria general del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Yessica Clavijo, detalló las particularidades legales que distinguen al retiro, la renuncia y la exclusión de candidatos para las Elecciones Generales 2026. Si bien los tres mecanismos derivan en el alejamiento del postulante de la contienda, sus causales y responsables varían sustancialmente según la normativa electoral vigente.

Diferencias entre los mecanismos de separación

El retiro es una facultad exclusiva de la organización política, tramitada por su personero legal ante el Jurado Electoral Especial (JEE). Por el contrario, la renuncia constituye un acto voluntario y personal del propio candidato.

Finalmente, la exclusión es una sanción impuesta de oficio por el JEE, motivada por denuncias o informes de fiscalización que confirmen vulneraciones a la ley electoral, sin que medie voluntad del partido o del implicado.

Las consecuencias de estas bajas varían dependiendo del cargo en disputa y la posición del candidato afectado:

  • Fórmula Presidencial: Si el candidato a la presidencia renuncia o es excluido, la fórmula se declara inválida en su totalidad. No obstante, si la baja afecta a un vicepresidente, el equipo puede seguir en carrera de forma incompleta.
  • Listas Parlamentarias y otros cargos: El retiro, renuncia o exclusión de un integrante no perjudica a los demás candidatos, permitiendo que el resto de la lista continúe en el proceso electoral sin interrupciones.
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