
La congresista Camones explica que dichas figuras no están contempladas en el reglamento del Congreso.
La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, comunicó que los pedidos de recusación e inhibición presentados por el expresidente Pedro Castillo Terrones fueron declarados improcedentes.
La decisión se fundamenta en que dichas figuras no están reguladas en el Reglamento del Congreso de la República, además de que corresponden a la etapa de juzgamiento y no a la fase de investigación, donde se encuentran las denuncias constitucionales 547 y 575 por el frustrado golpe de Estado.
El expresidente Castillo había solicitado, el pasado 10 de noviembre, el apartamiento de Camones y de los congresistas que votaron a favor de su vacancia el 7 de diciembre de 2022, argumentando una supuesta opinión previa sobre su inhabilitación.
Justificación de la improcedencia
Lady Camones precisó que la solicitud de inhibición de los congresistas que votaron por la vacancia presidencial en 2022 tampoco procede, ya que afectaría la inviolabilidad del voto parlamentario, figura establecida en el artículo 93 de la Constitución. La parlamentaria también descartó una posible vulneración al derecho de defensa del exmandatario, señalando que el único abogado acreditado de Pedro Castillo renunció minutos antes de la audiencia.
Respecto a su participación, Camones indicó que ella votó en abstención en la denuncia constitucional 656 y que no se ha acreditado el supuesto interés directo requerido. Adicionalmente, la presidenta de la subcomisión señaló que el Reglamento del Congreso tampoco contempla la suspensión del procedimiento de inhabilitación, por lo que este pedido también recae en improcedencia.
Denuncias constitucionales aprobadas
Durante la misma sesión, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó los informes de calificación que declaran improcedentes otras denuncias constitucionales presentadas.
Entre ellas se encuentran las denuncias contra el congresista Héctor Valer por presunta infracción a la Constitución y el posible delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
También se aprobó la improcedencia de la denuncia presentada por la ciudadana Constantina Yolanda Travi Agüero contra la congresista Martha Moyano Delgado, que alegaba la presunta infracción de varios artículos constitucionales y la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad y negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo.
Finalmente, se aprobó la improcedencia de la denuncia constitucional de la ciudadana Rosa María Poveda Carranza contra los magistrados del Tribunal Constitucional Luz Pacheco Zerga, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez, por la posible comisión del delito de prevaricato.
