López Aliaga bajo la lupa: JEE detecta empresa no declarada en su hoja de vida



Informe de fiscalización detecta que el candidato no consignó su participación en Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 concluyó en un informe de fiscalización que el candidato presidencial de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, habría omitido declarar en su hoja de vida su condición de socio fundador de la empresa Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A. (Pedein S.A.). La observación se sustenta en información obtenida de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) y de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). De confirmarse la infracción, el aspirante podría enfrentar una multa de hasta 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Hallazgo del informe de fiscalización

El informe de fiscalización N.º 000020-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE fue elaborado por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, organismo adscrito al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). En dicho documento se señala que el candidato habría omitido consignar en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) su participación como socio fundador de la empresa Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A.-Pedein S.A.

Según el registro consultado por el ente electoral, la empresa mantiene un vínculo con Peruval Corp S.A., que figura como su representante legal. En este contexto, López Aliaga aparece registrado como gerente general de esta última compañía, de acuerdo con información reportada por la Sunat.

El hallazgo surgió luego de que el JEE solicitara el 8 de enero información a la Sunarp sobre la titularidad de acciones y participaciones del candidato. La respuesta del organismo registral, emitida el 14 de enero, reveló la existencia de una inscripción activa en el Registro de Personas Jurídicas de Lima que no había sido consignada en la hoja de vida presentada ante la autoridad electoral.

Empresas declaradas por el candidato

En su DJHV presentada ante el sistema electoral, López Aliaga sí consignó participación o vínculos con diversas compañías, entre ellas Perú Hotel Corp S.A., Latin Security Corp, Acres Investments Perú S.A., Acres Investments Ltd., Perú Hotel Holding S.A., Perú Hotel Aguas Calientes S.A., Peruval Corp S.A., Perú Hotel y Servicios S.A. y Peruvian Trains & Railways S.A.

Sin embargo, el informe del JEE señala que la empresa Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A. no aparece en esa relación de participaciones societarias, lo que motivó la observación del órgano de fiscalización electoral.

El documento advierte que esta omisión podría constituir información inexacta en el rubro de titularidad de acciones y participaciones dentro de la declaración jurada del candidato.

Procedimiento y derecho de defensa

Como parte del procedimiento administrativo, el JEE recomendó solicitar información al personero legal del partido Renovación Popular para que el candidato pueda ejercer su derecho de defensa y brindar las aclaraciones correspondientes sobre la omisión detectada.

Este paso forma parte del proceso de verificación que realizan los organismos electorales sobre la veracidad de la información consignada en las hojas de vida de los postulantes a cargos públicos.

Posibles sanciones según la legislación electoral

De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, cuando se detectan inconsistencias o información falsa en la DJHV de un candidato, el procedimiento contempla varias etapas. Primero se requiere la corrección de la información declarada. Posteriormente, el organismo electoral puede imponer una multa cuya cuantía oscila entre 1 y 10 UIT, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Además, los actuados pueden ser remitidos al Ministerio Público para la evaluación de posibles responsabilidades adicionales, conforme a las atribuciones establecidas por la legislación vigente.

Contexto electoral

La observación ocurre en el marco del proceso de verificación de hojas de vida que realizan los organismos electorales durante las campañas de las Elecciones Generales de 2026. Estos procedimientos buscan garantizar la transparencia de la información que los candidatos presentan ante los electores y las autoridades.

En este proceso, el JNE y los Jurados Electorales Especiales revisan los antecedentes declarados por los postulantes, contrastándolos con registros oficiales de entidades públicas como la Sunarp y la Sunat.

Panorama

La observación formulada por el JEE Lima Centro 1 abre un procedimiento administrativo destinado a verificar la información consignada por el candidato presidencial en su hoja de vida. El caso se encuentra en etapa de revisión, a la espera de las aclaraciones correspondientes y de las decisiones que adopte la autoridad electoral conforme al marco legal vigente.

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