JNE se declara en sesión permanente para acelerar la fiscalización del proceso –


El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó su declaración de sesión permanente para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, medida que entrará en vigor una vez se realice la convocatoria oficial.

Mediante la Resolución Nº 0821-2025-JNE, el organismo autónomo habilitó fines de semana y feriados para garantizar la continuidad de audiencias públicas, deliberaciones y notificaciones procesales, asegurando así el cumplimiento estricto del cronograma electoral frente a la alta carga administrativa que demanda este proceso nacional.

La normativa publicada en el Diario Oficial El Peruano establece un régimen excepcional para los años 2025 y 2026, orientado específicamente a agilizar la inscripción de organizaciones políticas y el trámite de tachas. Para el cierre de 2025, se han declarado hábiles los días 26, 27 y 28 de diciembre. Durante enero de 2026, la medida alcanzará los días 2, 3, 4, 10, 11 y 17, permitiendo que los plazos de ley no se detengan durante las festividades o descansos habituales.

Para operativizar esta disposición, la Gerencia General del JNE deberá coordinar las acciones necesarias para mantener activos los servicios institucionales, incluyendo la Mesa de Partes.

El objetivo es brindar atención ininterrumpida en las fechas que coincidan con hitos electorales críticos, facilitando a los personeros y partidos políticos la presentación de documentación y la subsanación de requisitos de manera oportuna, evitando cuellos de botella en la etapa de inscripción de listas.

Calendario de días hábiles excepcionales

A fin de facilitar la planificación de las organizaciones políticas, el organismo ha detallado las fechas específicas de trabajo extraordinario:

Periodo Días Habilitados
Diciembre 2025 Viernes 26, sábado 27 y domingo 28.
Enero 2026 Viernes 2, sábado 3, domingo 4, sábado 10, domingo 11 y sábado 17.

Esta estrategia busca fortalecer la transparencia y la celeridad del sistema electoral peruano, garantizando que el derecho de participación política no se vea afectado por las limitaciones temporales del calendario ordinario.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *