Estado de Emergencia limita drásticamente las visitas en cárceles de Lima y Callao


Se intensificarán patrullajes en puntos de alto riesgo.

El Poder Ejecutivo oficializó la declaratoria del estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao a través del Decreto Supremo N.º 124-2025-PCM, publicado en una edición extraordinaria de El Peruano. El decreto establece un conjunto de medidas rigurosas centradas en el control territorial, el combate a la delincuencia organizada y, especialmente, el endurecimiento de los controles en los centros penitenciarios.

Control Penitenciario: Medidas para anular la criminalidad desde las cárceles

Las disposiciones buscan cortar los vínculos de las cabecillas criminales con el exterior, limitando sus operaciones ilícitas:

  • Restricción de Visitas: Se limita la entrada a los establecimientos penitenciarios:
    • Régimen cerrado ordinario: Una visita semanal.
    • Régimen cerrado especial: Una visita quincenal.
  • Afinidad Familiar: Las visitas solo podrán ser recibidas por familiares directos (dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad).
  • Apagón y Antenas: Se establecerá un «apagón eléctrico» en las celdas (permitiendo solo iluminación) y se realizará el desmontaje y destrucción de antenas de telecomunicación ilícitas, encargando a las Fuerzas Armadas su sostenimiento.

Despliegue de fuerzas y control territorial focalizado

El decreto formaliza la intervención de fuerzas combinadas, integradas por la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal, para la ejecución de medidas de control territorial en zonas de alta incidencia delictiva.

  • Patrullaje en Zonas Críticas: Se intensificará el patrullaje en puntos clave como paraderos, estaciones del metro, instituciones asociadas a servicios públicos y activos estratégicos.
  • Comandos Temporales: Se instalarán comandos de campaña temporales para las fuerzas combinadas en coordinación con los gobiernos subnacionales.
  • Operativos Masivos: Se ordena la realización de:
    • Operativos de búsqueda y captura de requisitoriados mediante control de identidad basado en el mapa del delito.
    • Operativos de control de identidad en vehículos motorizados y no motorizados.
    • Operativos de control de identidad de extranjeros con estatus migratorio irregular.

Restricciones vehiculares clave

Para combatir la modalidad de sicariato y robo en vehículos menores, el Ejecutivo estableció una restricción específica:

  • Prohibición de Dos Adultos en Moto: Se prohíbe el tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría vehicular L3 (motos lineales).
  • Control Documentario: Se autoriza la intervención e internamiento de vehículos que exhiban documentación adulterada o placas ilegibles, deterioradas o dañadas.

Conformación del Comité de Inteligencia (CI)

Finalmente, el decreto establece la conformación del Comité de Inteligencia (CI), pieza clave para el uso estratégico de información en la lucha contra el crimen organizado. El comité será presidido por la Dirección Nacional de Inteligencia e integrado por altos mandos de inteligencia de la Policía, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ministerio del Interior, el INPE y la Unidad de Inteligencia Financiera.

El CI será responsable de elegir a su secretario técnico y de establecer los protocolos de acciones coordinadas aplicables durante la emergencia.

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